Cédula Urbanística
Artículo 3.5.7 de las NNSS. Cédula urbanística y Alineación Oficial.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 44 del TRLSRSOU, la cédula urbanística es el documento escrito que, expedido por el Ayuntamiento, informa sobre el régimen urbanístico aplicable a una edificación, finca o sector. Cualquier administrado tendrá derecho a que el Ayuntamiento le entregue la cédula en el plazo de una mes a contar desde la solicitud.