Retirada de animales del centro de acogida temporal de animales vagabundos y/o abandonados.
Todo aquel propietario de un animal que haya sido recogido y trasladado al Centro de acogida temporal de animales, deberá solicitar su retirada, para poder recuperarlo.
Plazo de solicitud:
Si el animal está identificado:
Se comunicará al propietario que su animal se encuentra en el centro de acogida temporal de animales vagabundos y/o abandonados.
El propietario dispondrá de 7 días naturales desde la comunicación para la recuperación del animal, transcurrido dicho plazo sin ser reclamado se considerará como abandonado.
Si el animal no esta identificado:
Los animales sin identificar, que no hayan sido reclamados en el plazo de 7 días naturales, se consideraran animales vagabundos o abandonados, estos podrán ser cedidos a la Asociación Salvando Peludos o entregados al Centro Integral de Acogida de Animales de la Comunidad de Madrid en base al convenio firmado.
Tramitación:
El propietario deberá solicitar la retirada del animal en el ayuntamiento, mediante modelo normalizado.
Documentación a aportar junto con la solicitud:
- Fotocopia de la cartilla sanitaria del animal donde conste el número de identificación y las vacunas obligatorias.
- En caso de perros potencialmente peligrosos. Licencia para su tenencia e inscripción en el registro.
Se deberán abonar las siguientes tasas:
- 46,20€ por la recogida (perros/gatos).
- 13,45€ por día de estancia perros.
- 7,50€ por día estancia gatos.
Previo a la recogida del animal se entregará a la Policía Local o responsable encargado, justificante del abono de las tasas.
Marco Legal:
- Ley 50/1999, de 23 de Diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Ley 1/1900 de protección de los animales domésticos de la Comunidad de Madrid.
- Ordenanza fiscal nº 2.27. Tasa por prestación del servicio de recogida de animales sueltos.
Impresos asociados al trámite: