Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
La licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos es un documento personal e intransferible que autoriza y ampara a su titular para la tenencia y manejo de perros de dicha condición.
Se considerarán perros potencialmente peligrosos:
1.- Los que pertenecen a las siguientes razas y sus cruces: PIT BULL TERRIER, STAFFORDSHIRE BULL TERRIER, AMERICAN STAFFORDSHIRE TERRIER, ROTTWEILER, DOGO ARGENTINO, FILA BRASILEIRO, TOSA INU Y AKITA INU.
2.- Todos los perros que NO pertenezcan a las razas anteriores pero que cumplan todas a lo mayoría de las características recogidas en el Anexo II del R.D 287/2002.
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
- Marcado carácter y gran valor.
- Pelo corto.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 cm, altura a la cruz entre 50 y 70 cm y peso superior a 20 Kg.
- Cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas. Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho macizo, ancho grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
3.- Todos aquellos animales que hayan protagonizado ataques a animales o personas con anterioridad o que muestren un carácter marcadamente agresivo. Siendo certificada tal condición por un veterinario autorizado por la autoridad competente.
Destinatarios:
Propietarios de animales calificados como potencialmente peligrosos según normativa de aplicación que residan en municipio de Navacerrada, así como cualquier persona que haya de manejar a alguno de estos animales, tanto en espacios públicos como privados de uso común.
Tramitación:
Presentar el impreso de solicitud de Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, debidamente cumplimentado, en el Registro del Ayuntamiento de Navacerrada, junto con la siguiente documentación:
- Fotocopia DNI (acreditar mayoría de edad)
- Certificado negativo de antecedentes penales:
Se solicita en la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia, C/ de la Bolsa, 8 (Horario de lunes a viernes de 9 a 17:30h y sábados de 9 a 14h,del 16 de junio al 15 de septiembre de lunes a viernes de 9 a 15h y sábados de 9 a 14h).
- Certificados de capacidad física y de aptitud psicológica. Se obtendrán en los Centros oficialmente autorizados para los reconocimientos necesarios para el Carnet de conducir.
- Acreditación de haber formalizado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento veinte mil euros (120.000 €).
- Solicitud, cumplimentada por duplicado.
La documentación se presentará en original o copia compulsada.
La documentación es enviada a al Área de Protección Animal de la Comunidad de Madrid para su revisión, en base al Convenio firmado entre la Consejería de Economía y Consumo de la Comunidad de Madrid.
Recibido informe sobre concesión de la Licencia para la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos, el Ayuntamiento otorgará o denegará la Licencia en base a dicho informe.
Una vez recibida la Licencia por el propietario del animal, este deberá en el plazo máximo de 15 días solicitar la Inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos.
Marco Legal:
- Ley 50/1999, de 23 de Diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales potencialmente peligrosos.
- Real Decreto 1570/2007, de 30 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Decreto 30/2003, de 13 de marzo, por el que se aplica en la Comunidad de Madrid el Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, y se crean los registros de perros potencialmente peligrosos al Decreto 30/2003.
Impresos asociados al trámite:
Solicitud de Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.