Consumo

Consumo

Tel.: 91 856 00 06

Servicio de información al consumidor

Horario

Todos los jueves de 11 a 14 h

RIC - Consumo

La Oficina Regional de Información al Consumidor es un servicio gratuito de información, ayuda, orientación y asesoramiento sobre los derechos y obligaciones de los consumidores y usuarios.

¿Qué es la OMIC?

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) es un servicio gratuito deinformación y orientación al consumidor que, además, media en los conflictos que puedan surgir entre consumidores y empresarios, para intentar una solución amistosa.

La ciudad de Madrid cuenta con una OMIC central que depende del Área de Gobierno de Seguridad y Emergencias y veintiuna oficinas de Información al consumidor ubicadas en las Juntas Municipales de Distrito, a fin de acercar este servicio a los ciudadanos.

¿Cuáles son sus funciones?

1.Ofrece información, ayuda y orientación a los consumidores.

2. Se encarga de la recepción, tramitación y mediación de las reclamaciones que se presenten directamente por el consumidor o que le sean remitidas por otras Oficinas de Información al Consumidor o Asociaciones de Consumidores.

3.Fomenta la educación y formación de los consumidores.

4.Colabora con otras entidades públicas y privadas, también dedicadas a la protección de los consumidores.

5.Remite a la Junta Arbitral de Consumo aquellas reclamaciones en las que no se haya alcanzado un acuerdo mediador.

En general, realiza cualquier función que contribuya a la protección de los consumidores.

¿Qué asuntos se tratan?

Prácticamente, todos los relacionados con el ámbito del consumo, que pueden estructurarse en los siguientes sectores:

  • Bienes (automóviles, electrodomésticos, juguetes y ropa, por ejemplo)
  • Suministros (agua, electricidad, gas y teléfono, entre otros)
  • Servicios (por citar algunos, los seguros, el transporte o los servicios que prestan las tintorerías, las agencias de viaje, los bares y los restaurantes).

¿Quién puede utilizar este servicio?

Todos los consumidores y usuarios; esto es, las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión. Son también consumidores a efectos de ésta norma las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.

¿Cómo reclamar?

El consumidor deberá formular la consulta reclamación de forma detallada, así como indicar siempre de forma concreta y clara, qué es lo que solicita.

Además, deberá aportar como mínimo la siguiente documentación:

  • Datos personales, que incluyan nombre, apellidos, dirección, teléfono, mail y fax del consumidor, entre otros.
  • Datos de la empresa o establecimiento objeto de la reclamación, entre los que se deben indicar el nombre comercial, la razón social, el domicilio y el teléfono.
  • Documentación relativa al caso. Se deben aportar tiques, facturas, presupuestos, documentos contractuales, recibos e incluso, información publicitaria.

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