Informes de Inserción Social
Elaboración de los Informes de Inserción
Social para las personas de origen extranjero que solicitan la
residencia temporal por razones de arraigo social (de conformidad con la
Ley Orgánica 4/2000 y del artículo 124.2 del Reglamento 557/2011).
Para su realización es imprescindible
acreditar la permanencia continuada en España por un periodo mínimo de
tres años, carecer de antecedentes penales en España y en su país de
origen y contar con un contrato de trabajo de duración no inferior a un
año o acreditar medios de vida suficientes.
A partir del 1 de enero de 2012 y con el
fin de adaptarse al nuevo Reglamento sobre derechos y libertades de los
extranjeros en España y su integración social, para solicitar Informe
de Inserción Social que acredita la integración social del ciudadano
extranjero residente en España, esimprescindible el conocimiento
delcastellano y conocerlas leyes españolas y los recursos de
Integración.
Para ello la Comunidad de Madrid amplía el Programa "CONOCE TUS LEYES"que se va a impartir en los Centros de Participación e Integración (CEPI) de la Comunidad de Madrid.
Al finalizar los talleres se les
entregará un diploma de asistencia seráimprescindible para solicitar la
nacionalidad o tramitar la residencia.
Justificante de abono de la tasa (modelo 030 de la Comunidad de Madrid).
Certificado de empadronamiento.
Fotocopia de los títulos que acreditan la realización del curso "Conoce tus Leyes".
Fotocopia del pasaporte de la persona solicitante (únicamente de la hoja de datos personales).
Obtención del impreso 030 para el pago de la tasa: http://gestiona.madrid.org/suin_m030
En el cajetín de búsqueda introducir la palabra "arraigo" y pulsar en buscar .