CONCESIÓN DE LICENCIAS PARA EL USO DE HUERTOS ECO-SOCIALES

El Ayuntamiento de Navacerrada procede a la convocatoria de concesión de licencias para el uso de huertos eco-sociales.

Esta Alcaldía, en uso de las competencias que tiene otorgadas por el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, viene en DISPONER:

PRIMERO.- Realizar la convocatoria de concesión de licencias para el uso de 5 huertos eco-sociales, de 50 metros cuadrados cada uno, situados en la parcela 18b del polígono 3 del catastro de rustica, denominado antiguamente “Vivero Municipal”.

SEGUNDO.- Establecer el plazo de presentación de solicitudes desde el día 22 de febrero de 2021 hasta el día 5 de marzo de 2021, ambos inclusive. Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Navacerrada, a través del modelo normalizado de solicitud, creado a tal efecto, y en el plazo establecido en la convocatoria.

TERCERO.- De acuerdo con lo establecido en el Artículo 10 de la Ordenanza reguladora para huertos eco-sociales en el municipio de Navacerrada, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, núm. 296, de fecha viernes 13 de diciembre de 2013, los huertos eco-sociales se adjudicarán conforme a los siguientes criterios de valoración, siendo la puntuación máxima 10 puntos:

a)Desempleados, 2 puntos.

b)Haber cesado la vida laboral por jubilación, invalidez, prejubilación, o estar en cualquier situación asimilable a jubilado, 2 puntos.

c)Personas vulnerables en riesgo de exclusión social, 2 puntos.

d)Personas con discapacidad, superior al 33%, 2 puntos.

e)Personas que cumplan alguno de los requisitos anteriormente mencionados y que presenten la solicitud con otra o más personas para compartir el huerto, 2 puntos.

Se deberán presentar documentos acreditativos de los criterios de valoración anteriormente señalados.

Las solicitudes se presentarán acompañadas del:

- DNI o documento que legalmente le sustituya.

- Declaración jurada de que se reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en los puntos d) a f) del artículo 5 de la Ordenanza Reguladora.

- Las Asociaciones deberán presentar el documento oficial que las acredite como tales, así como la inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones.

CUARTO.- Publicar dicha convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Navacerrada, así como en la página web (www.aytonavacerrada.org) del mismo.

Lo decreta, manda y firma Doña Ana Paula Espinosa Izquierdo, Alcaldesa Presidenta, en Navacerrada a la fecha de la firma digital