Información sobre el Ingreso Mínimo Vital

flechazulToda la información sobre el Ingreso Mínimo Vital pinchando aquí

flechazulSolicitud del Ingreso Mínimo Vital

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Solicitud impresa en papel

Las personas interesadas en presentar la solicitud en papel pueden solicitar los impresos en el Ayuntamiento de Navacerrada.

Presentación de solicitudes

Las solicitudes se pueden presentar desde el día 16 de junio y todas las solicitudes presentadas en los primeros tres meses tendrán efecto retroactivo al 1 de junio. Al igual que el resto de prestaciones contributivas y no contributivas, el ingreso mínimo vital habrá de tramitarse a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social, aunque también se podrá presentar su solicitud a través de la Ventanilla única en el Registro del Ayuntamiento de Navacerrada y por Correo Certificado en las Oficinas de Correo.

La Seguridad Social facilita una herramienta para ofrecer información a los posibles beneficiarios y que puedan calcular cuánto les correspondería en función de sus circunstancias

flechazulEnlace al Simulador del ingreso mínimo vital: comprueba si cobrarías la prestación

Si el interesado dispone de certificado electrónico o cl@ve, se podrá solicitar a través de la sede electrónica de la Seguridad Social adjuntando también la documentación necesaria y rellenando los datos del formulario. Esta opción es la más recomendable, por lo que se ha habilitado la posibilidad de utilizar este servicio a través de otra persona que disponga de certificado electrónico o cl@ve y que actuará en calidad de representante.

En caso de que el solicitante no cuente con certificado digital o cl@ve, podrá utilizar el servicio habilitado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social en la sede electrónica para su solicitud sin certificado. Se abrirá un formulario donde se rellenarán los datos del solicitante y de los posibles beneficiarios que formen parte de la unidad de convivencia, sus documentos identificativos y la documentación necesaria para resolver la solicitud

 

flechazulVídeo que explica, paso a paso, el proceso a seguir para rellenar la solicitud

  1. Dirigirse a la pestaña 'Solicitar ingreso mínimo vital'.
  2. Introducir nombre, apellidos y DNI, incluidas una fotografía del anverso y del reverso del mismo.
  3. Rellenar el resto de datos personales: número de la Seguridad Social, fecha de nacimiento o estado civil, entre otros.
  4. Responder a los cuestionarios sobre el alojamiento, la unidad de convivencia, la situación laboral, los ingresos y el patrimonio.
  5. Especificar el número de cuenta para cobrar la posible prestación.
  6. Adjuntar un documento firmado por el solicitante y todos los integrantes de su unidad de convivencia en el que acrediten su voluntad de solicitar el ingreso mínimo vital.
  7. Aceptar el consentimiento para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social recabe datos de la Administración y para que envíe comunicaciones al  teléfono móvil o al correo electrónico del interesado.
  8. Marcar la casilla 'No soy un robot' y, después, la de 'Aceptar'.
  9. Antes de finalizar, comprobar que los datos son correctos, clicar en 'Solicitar' y, una en la siguiente pantalla, en 'Aceptar'. Es importante anotar el código que ofrece el sistema para futuras consultas que puedan surgir.

Sólo un representante de cada hogar podrá pedir el ingreso mínimo. Para tener derecho a cobrarlo deberá tener entre 23 y 65 años edad; haber residido de forma continuada en España durante, al menos, el año anterior; y, para los solicitantes que viven solos, haber vivido durante, al menos, los tres años previos de forma independiente de los progenitores. No obstante, la principal condición será estar en situación de vulnerabilidad económica, esto es, que la renta, los ingresos y el patrimonio del hogar no lleguen a los umbrales fijados.

¿Qué documentación se debe presentar?

Para solicitar la prestación, no hará falta acreditar los ingresos o el patrimonio, puesto que el Instituto Nacional de la Seguridad Social realizará de manera automática esa comprobación con la información de la Hacienda Pública y, en función de los mismos, calculará la cuantía correspondiente. Tampoco será necesario presentar la declaración de la renta. Bastará con presentar los siguientes documentos:

  • El DNI del solicitante y de las personas que forman parte de la unidad de convivencia en el caso de ciudadanos españoles o el documento de identidad o pasaporte en el caso de ciudadanos extranjeros.
  • La residencia legal en España se acreditará mediante la inscripción en el registro central de extranjeros o autorización de residencia.
  • Certificado de empadronamiento donde consten todas las personas empadronadas en el domicilio.
  • Libro de familia o certificado del Registro Civil correspondiente y que acredite la filiación de las personas que forman parte de la unidad de convivencia.

En su solicitud, cada interesado autorizará expresamente a la administración que tramita su solicitud para que recabe sus datos tributarios y de la Dirección General del Catastro Inmobiliario para la verificación del cumplimiento de los requisitos de ingresos y patrimonio para el acceso y mantenimiento de la prestación.

Consultas e información

Se pueden hacer consultas a través del teléfono gratuito 900 20 22 22 o utilizando a ISSA, el asistente virtual de la Seguridad Social accesible tanto en la web como en la Sede Electrónica.

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